Antecedentes

La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en el Título III, Capítulo I, Artículo 35, establece las bases para la creación del Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres y su equivalente en cada una de las entidades federativas, la integración y funcionamiento del Sistema, cuyo objeto es la conjunción de esfuerzos, instrumentos, políticas, servicios y acciones interinstitucionales para la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres.
 
Asimismo, dispone la creación del Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres, mejor conocido como “BANAVIM”, cuyos lineamientos fueron publicados el 16 de abril del año 2009.
 
En el Estado de Veracruz, la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, su reglamento y el reglamento de la Ley que crea el Instituto Veracruzano de las Mujeres, son los instrumentos que disponen la creación del Banco Estatal de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres (BANESVIM) del Estado de Veracruz, confiriéndole al Instituto Veracruzano de las Mujeres, su creación, administración y actualización; y en consecuencia la facultad de solicitar información, integrarlo y actualizarlo.